Avenida Libertadores 22-82 Local 1 , Paipa, Boyacá

Sobre nosotros

Somos una Institución Prestadora de Servicios de Salud y Centro de Reconocimiento de Conductores, que ofrecemos a nuestros clientes los más altos estándares de calidad de servicios integrales en salud ocupacional y certificados médicos de aptitud física, mental y de coordinación motriz para tramitar las licencias de conducción en todas las categorías; prestamos nuestros servicios en modernas y amplias instalaciones en el municipio de Paipa, Boyacá. Contando con un equipo profesional de alta experiencia en las diferentes áreas de la salud.

Nuestra Misión

IPS CONDUCE CRC Centro de Reconocimiento de Conductores, tiene como misión la prestación de servicios integrales de salud ocupacional a fin de conservar y mantener la salud de los trabajadores y certificar la aptitud física, mental y de coordinación motriz de las personas que requieren tramitar la licencia de conducción por primera vez, refrendar o recategorizar de acuerdo a lo establecido en la normatividad Colombiana; a través de la valoración de la capacidad visual, auditiva, psicomotriz y física general de las personas, mediante el uso de equipos tecnológicos, digitales y sistematizados, contando con la participación de personal profesional altamente capacitado e idóneo.

Nuestra Visión

IPS CONDUCE CRC Centro de Reconocimiento de Conductores, en el 2025 será reconocido a nivel Regional, como una institución prestadora de servicios de salud, en servicios integrales de Seguridad y Salud en el trabajo y como organismo de certificación de personas competente, sostenible y humano, a través de una amplia red de servicios con altos estándares de calidad, proporcionando confianza en sus clientes, a través del cumplimiento demostrado de la reglamentación vigente.

Política de Calidad

Es política para IPS CONDUCE CRC Centro de Reconocimiento de Conductores, prestar el servicio de Seguridad y Salud en el Trabajo y la certificación de personas, para la obtención de los certificados psicosensométricos/psicofísicos, con criterios de equidad, validez y confiabilidad, existiendo un claro apego a los requerimientos establecidos en la normatividad vigente.

La organización garantizará la mejora continua por medio de la competencia de su personal y el manejo adecuado de su Sistema de Gestión de La Calidad, que se reflejará en la satisfacción de los usuarios y en el cumplimiento demostrado de la reglamentación vigente a través de la acreditación como organismo de certificación de personas y habilitaciones al sistema de salud según lo reglamentado por el Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia.

Objetivos de Calidad

  • Mantener los niveles de satisfacción de los usuarios de IPS CONDUCE CRC CENTRO DE RECONOCIMIENTO DE CONDUCTORES, por encima del 95%
  • Mantener la competencia del personal dedicado a la evaluación y certificación, por encima del 95%
  • Mantener una confiabilidad con los usuarios en las evaluaciones médicas ocupacionales por encima del 95%, con el fin de garantizar la equidad, validez y confiabilidad
  • Obtener y mantener los reconocimientos de habilitación y acreditación, según la normatividad vigente

Política de confidencialidad, imparcialidad y conflicto de interés

La organización, se compromete a garantizar la Confidencial de la información en el proceso de Evaluaciones medicas ocupacionales y de certificación de personas e identificar las organizaciones y/o personas que generen algún tipo de conflicto de interés por medio de los procedimientos y compromisos documentados en el Convenio de Confidencialidad, Imparcialidad y Conflicto de Intereses del personal de la organización, incluidos los subcontratados y se asegura sobre la ética de sus operaciones mediante auditorías internas de calidad y de seguimiento por el Organismo Nacional de Acreditación ONAC.

Toda la información recolectada en IPS CONDUCE CRC Centro de Reconocimiento de Conductores en el desarrollo de su proceso de evaluación y certificación no será transferida fuera de ellas ya sea por intereses propios o intereses de terceros sin autorización de la persona evaluada o certificada, únicamente cuando se trate de actos jurídicos por solicitud escrita de los mismos.